Intención de Resolver Administrativamente Notificación al afectado

Cuando la entidad contratante, después de realizar las diligencias de investigación correspondientes y de un análisis técnico jurídico, considere que se ha incumplido con las obligaciones contractuales, se le notificará al afectado la intención de resolver administrativamente el contrato u orden de compra, concediéndole cinco días hábiles para sus descargos y presente las pruebas que estime convenientes. Esta notificación le debe ser comunicada a la fiadora.

Universidad Autónoma de Chiriquí/ Nota N°DGCP-DJ-232-2023 de fecha 06 de septiembre de 2023/ Acto Público N°2023-1-87-0-04-CM-017291.

Intención de resolver administrativamente