Incumplimiento de las Obligaciones Titular del capital accionario de la sociedad

El Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, no contempla un alcance para la persona que en determinado momento fue accionista de la persona jurídica, siempre que el incumplimiento de las obligaciones fuese posterior al traspaso de las acciones de la sociedad. Si dicho incumplimiento fue anterior al traspaso de las acciones de la sociedad, responderán frente a la entidad tanto el antiguo como el nuevo titular del capital accionario de la sociedad.

José del Carmen Murgas A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-1169-2024 de fecha 27 de agosto de 2024.

Incumplimiento de accionario de la Sociedad

Sanción de Inhabilitación a los Contratistas Facultad de la Entidad Contratante

Del artículo 216 del Decreto Ejecutivo No. 439 del 10 de septiembre de 2020 que reglamenta la Ley 22 de 27 de junio de 2006 ordenado por la Ley 153 de 2020, se aprecia que es competencia exclusiva de las entidades que resuelven administrativamente un contrato u orden de compra e imponen la sanción de inhabilitación a los contratistas, la facultad de poder decretar la nulidad del procedimiento de resolución administrativa y por ende dejar sin efecto la sanción impuesta, mediante resolución motivada.

Cynthia Avilés Córdoba/ Nota No.DGCP-DS-DJ-175-2024 de fecha 26 de febrero de 2024.

Sanción de inhabilitación

Imposición de Sanciones

El artículo 140 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece dos tipos de sanciones que podrán ser aplicadas al contratista, por el incumplimiento de un contrato u orden de compra, siendo estas: multa o inhabilitación, resultando incompatible la aplicación de ambas sanciones simultáneamente.

Municipio de Renacimiento/ Nota No.DGCP-DJ-287-2023 de fecha 05 de diciembre de 2023.

Imposición de sanciones

Notificación

Del artículo 156 del Texto Único de la Ley No. 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, entendemos que, adicional al término de los cinco (5) días hábiles referidos, deben transcurrir dos (2) días hábiles después de la publicación del acto administrativo en el Portal “PanamaCompra”, para efectos de notificar a las partes interesadas.

Municipio de Panamá/ Nota No.DGCP-DS-DJ-2509-2023 de fecha 27 de diciembre de 2023/ Acto Público No.2023-5-76-0-08-CM-016485.

Notificación

 

Imposición de Sanciones Resolución Administrativa de Contrato u Orden de Compra

La competencia para imponer sanciones a los contratistas que han incumplido contratos u órdenes de compra recae en el representante legal o en el servidor público en quien delegue esta función dentro de la entidad contratante, a través de resolución administrativa de contrato u orden de compra, como se preceptúa en el artículo 140 del Texto Único de la Ley 22 del 2006, ordenado por la Ley 153 del 2020.

Universidad Autónoma de Chiriquí/ DGCP-DJ-232-2023 06 de septiembre de 2023 2023-1-87-0-04-CM-017291.

Imposición de Sanciones

 

Resolución Administrativa de Contrato Sanción de Inhabilitación

Para sancionar con la inhabilitación de un proveedor, la entidad contratante deberá cumplir con el debido proceso de la Resolución Administrativa de Contrato, que se encuentra estipulado en el artículo 139 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 y subsiguientes.

Universidad Autónoma de Chiriquí/ DGCP-DJ-232-2023 06 de septiembre de 2023 2023-1-87-0-04-CM-017291.

Imposición de Sanciones

Intención de Resolver Administrativamente Notificación al afectado

Cuando la entidad contratante, después de realizar las diligencias de investigación correspondientes y de un análisis técnico jurídico, considere que se ha incumplido con las obligaciones contractuales, se le notificará al afectado la intención de resolver administrativamente el contrato u orden de compra, concediéndole cinco días hábiles para sus descargos y presente las pruebas que estime convenientes. Esta notificación le debe ser comunicada a la fiadora.

Universidad Autónoma de Chiriquí/ Nota N°DGCP-DJ-232-2023 de fecha 06 de septiembre de 2023/ Acto Público N°2023-1-87-0-04-CM-017291.

Intención de resolver administrativamente

Procedimiento de Resolución Administrativa de Contrato u Orden de Compra

Debemos advertir que, en virtud del debido proceso, la Resolución administrativa de Contrato debe ser remitida a la Dirección General de Contrataciones Públicas una vez se encuentre ejecutoriada, tal y como lo establece el numeral 6 del artículo 139 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de mayo 2020 y el artículo 207 del Decreto Ejecutivo N°439 del 10 de septiembre de 2020.

Alcalde Municipal de Chame/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1308-2021 de fecha 20 de octubre de 2021.

Procedimiento de Resolución Administrativa de Contrato u Orden de Compra.

Resolución Administrativa del Contrato

El artículo 136 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece las causales de la resolución administrativa del contrato, entre las cuales destaca el incumplimiento de las cláusulas pactadas y atendiendo los parámetros establecidos en el artículo 140 de la citada excerta legal para la aplicación de las correspondiente multa por incumplimiento, las cuales se establecen en un rango de 1% al 10% de conformidad a como también se señala en el artículo 210 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020 que reglamenta la Ley de contrataciones públicas.

Agencia Panamá Pacífico/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1456-2023 de fecha 10 de agosto de 2023.

Resolución Administrativa de Contrato

Publicación en el Sistema Electrónico “PanamaCompra” Resolución Administrativa de Contrato u Orden de compra

El artículo 139 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, estipula que las entidades licitantes deberán cumplir en primer lugar, con la publicación de la Resolución Administrativa de Contrato u Orden de compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, previo a su remisión a la Dirección General de Contrataciones Públicas, para el registro correspondiente.

Ministerio de Salud/ Nota N°DGCP-DJ-206-2023 de fecha 27 de julio de 2023/ Acto Público N°2022-0-12-0-08-CM-040164.

Publicación de la Resolución de Contrato