Adjudicación del acto público Contrataciones menores

De acuerdo al numeral 7 del artículo 94 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020, modificado por el Decreto Ejecutivo No. 34 de 2022, la entidad tenía la facultad de proceder con la respectiva adjudicación del acto público, lo cual en efecto se dio, aún cuando la citada norma en su numeral 9 señala que el plazo para realizar dicha acción no puede superar los siete días hábiles, la norma no establece un plazo mínimo para tal fin, lo cual era también otro de los puntos de su disconformidad, toda vez que la entidad adjudicó de forma inmediata el acto público.

Gabriel Elías Sitton Bernal/ Nota No. DGCP-DS-DJ-518-2024 de fecha 8 de mayo de 2024/ Acto Público No.2024-1-10-0-08-CM-528170.

Adjudicación de Contrataciones menores