Principio de Igualdad de Oportunidad de los Proponentes

DGCP-DF-2024-039

Principio de igualdad de oportunidad de los proponentes, el cual tiene por objeto garantizar la actuación imparcial de las entidades públicas dentro del procedimiento de selección de contratista en todas sus etapas, que les permita a los proponentes hacer ofrecimientos de la misma índole y tener las mismas posibilidades de resultar adjudicatarios.

BANCO NACIONAL DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Igualdad de Oportunidad de los Proponentes

DGCP-DF-2023-149

Las entidades licitantes deben garantizar la actuación imparcial dentro de los procedimientos de selección de contratistas en todas sus etapas, que permita a los proponentes hacer ofrecimientos en base a las mismas posibilidades de resultar adjudicatarios.

Ministerio de Seguridad Pública/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución