Principios en la Contratación Pública Principio de Igualdad de Proponentes

DGCP-DF-2021-022

Con fundamento en el Principio de Igualdad de Proponentes, a las Entidades Públicas les está vedado fijar en los Pliegos de Cargos, cláusulas determinantes de circunstancias subjetivas ni señalar marcas comerciales, números de catálogos o clases de equipos de un determinado fabricante.

 

Caja de Seguro Social / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Entidad Licitante Prohibición

DGCP-DF-2021-012

A las Entidades Públicas les está vedado fijar en los Pliegos de Cargos cláusulas determinantes de circunstancias subjetivas, así como señalar marcas comerciales que pudiesen estar dirigidas a marcas o equipos de un determinado fabricante.

Instituto Panameño de Habilitación Especial/Contratación Menor-procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Contraloría General de la República Competencia

DGCP-DF-2020-001

Es competencia de la Contraloría General de la República, absolver las consultas sobre cualquier aspecto de la constitución, presentación, ejecución y extinción de las garantías que se constituyan para asegurar el cumplimiento de las obligaciones contraídas con las Entidades Públicas.

Empresa de Transmisión Eléctrica/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución