Conflicto de Intereses

La Ley No.316 de 18 de agosto de 2022 “Que regula situaciones de conflicto de intereses en la función pública”, deja plenamente establecido en sus artículos 3 y 5, primero que las actuaciones llevadas a cabo por todo servidor público en el ejercicio de sus funciones, deben estar revestidas de total objetividad, transparencia y honradez, procurando evitar que su interés particular pueda tener algún grado de influencia en el ejercicio de tales funciones, y segundo, dando alcance como sujeto obligado conforme a la citada Ley, a toda la estructura de la persona jurídica que sea adjudicataria de un proceso de selección de contratista.

Delicias Aura, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-173-2023 con fecha 29 de junio de 2023.

Conflicto de Intereses.