El artículo 121 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, en cuanto a las fianzas, se establece que las consultas deberán ser elevadas a la Contraloría General de la República, ya que es el ente competente para pronunciarse respecto a las garantías necesarias para garantizar el fiel cumplimiento del objeto de la contratación.
ACERTA Seguros/ Nota N°DGCP-DJ-122-2022 con fecha 13 de julio de 2022.