Contratos Celebrados en virtud de acuerdos o convenios de cooperación, asistencia o ayuda internacional

El artículo 8 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece que en los contratos que celebre el Estado con personas naturales o jurídicas extranjeras, en virtud de acuerdos o convenios de cooperación, asistencia o ayuda internacional para la ejecución de obras o la adquisición de bienes o servicios, podrán incorporarse las normas y los procedimientos previstos en los acuerdos o convenios de cooperación, asistencia o ayuda internacional, como es el caso que nos ocupa, siendo aplicado el Texto Único de la Ley 22 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, de forma supletoria.

Ministerio de Educación/ Nota N°DGCP-DJ-DS-1754-2022 con fecha 15 de diciembre de 2022.

Contratos celebrados en virtud de acuerdos o convenios de
cooperación, asistencia o ayuda internacional.