Del artículo 21 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, podemos colegir que la Ley tiene previstas el tipo de circunstancias que pueden obstaculizar el cumplimiento del contrato, permitiendo a las partes puedan suscribir acuerdos y pactos necesarios para restablecer el equilibrio, incluyendo montos, condiciones, forma de pago de gastos adicionales y reconocimiento de costos financieros, si a ello hubiera lugar, en la forma prevista en la modificación del contrato.
Consorcio CM Guararé/ Nota N°DGCP-DJ-194-2023 de fecha 19 de julio de 2023/ Acto Público N° 2017-0-12-0-07-LV-023183