Formalización a través de Contrato Por exceso de Condiciones

El artículo 105 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, señala que la entidad contratante tiene la potestad de formalizar su relación contractual a través de un contrato cuando considere que existe un exceso de condiciones o especificaciones de carácter técnico.

Municipio de Bugaba/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1258-2023 de fecha 13 de julio de 2023

Contrato