Facultades de la Entidad Licitante Modificaciones

DGCP-DF-2024-001

La facultad que le asiste a la entidad licitante en cuanto a la modificación de la fecha del acto de presentación y apertura de propuestas, así como el contenido del pliego de cargos. Lo anterior se encuentra dentro de las potestades legales que le asisten a la entidad licitante, sujeto a la fiscalización que realiza la DGCP en cuanto al cumplimiento de la Ley de Contrataciones Públicas.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Formalización a través de Contrato Por exceso de Condiciones

El artículo 105 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, señala que la entidad contratante tiene la potestad de formalizar su relación contractual a través de un contrato cuando considere que existe un exceso de condiciones o especificaciones de carácter técnico.

Municipio de Bugaba/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1258-2023 de fecha 13 de julio de 2023

Contrato

Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades - Acción de Reclamo

DGCP-DF-2022-132

La Dirección General de Contrataciones Públicas en pleno ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 15 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, tiene la potestad de regular, interpretar, fiscalizar y asesorar en los Procedimientos de Selección de Contratista que realicen las instituciones estatales; y en ese sentido, el estudio de la Acción, va más allá del análisis y de la exposición de hechos, y la validación de lo pretendido, a fin de determinar si en efecto, a través de este instrumento jurídico, se busca remediar falencias al Procedimiento de Selección de Contratista en cuanto a la presentación de la Propuesta del Proponente.

Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución