Imposición de Sanciones Resolución Administrativa de Contrato u Orden de Compra

La competencia para imponer sanciones a los contratistas que han incumplido contratos u órdenes de compra recae en el representante legal o en el servidor público en quien delegue esta función dentro de la entidad contratante, a través de resolución administrativa de contrato u orden de compra, como se preceptúa en el artículo 140 del Texto Único de la Ley 22 del 2006, ordenado por la Ley 153 del 2020.

Universidad Autónoma de Chiriquí/ DGCP-DJ-232-2023 06 de septiembre de 2023 2023-1-87-0-04-CM-017291.

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