DGCP-DF-2023-113
Principio de igualdad de oportunidad de los proponentes. Este principio tiene por objeto garantizar la actuación imparcial de las entidades públicas dentro del Procedimiento de Selección de Contratista en todas sus etapas, que les permita a los proponentes hacer ofrecimientos de la misma índole y tener las mismas posibilidades de resultar adjudicatarios.
CAJA DEL SEGURO SOCIAL- DIRECCIÓN NACIONAL ASUNTOS ADMITIVOS. /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).