Con relación al principio de responsabilidad e inhabilidades de los servidores públicos, que participen en los procedimientos de selección de contratista y en los contratos, están obligados a procurar el cumplimiento de los fines de la contratación, a vigilar la correcta ejecución del objeto del contrato y a proteger los derechos de la entidad licitante, sin perjuicio de los interés legítimos de los contratistas y terceros.