Principio de Responsabilidad e Inhabilidades de los Servidores Públicos

Con relación al principio de responsabilidad e inhabilidades de los servidores públicos, que participen en los procedimientos de selección de contratista y en los contratos, están obligados a procurar el cumplimiento de los fines de la contratación, a vigilar la correcta ejecución del objeto del contrato y a proteger los derechos de la entidad licitante, sin perjuicio de los interés legítimos de los contratistas y terceros.

Leiry Zadith Pérez/ Nota N°DGCP-DJ-009-2020 de fecha 27 de enero de 2020.

Servidores Públicos


Este extracto puede haber sufrido modificaciones para su mejor comprensión, para la lectura del texto original se recomienda acceder al documento.