La Dirección General de Contrataciones Públicas considera que, si el contrato inicial que se pretende prorrogar es igual o inferior en vigencia o monto al nuevo o a la simple prórroga, entonces ésta deberá tramitarse por el Procedimiento Especial de Contratación.
Jácome de la Guardia y Asociados/ NotaN°DGCP-DJ-167-2019 con fecha 18 de septiembre de 2019.