Entidad Licitante Órdenes de la Dirección General de Contrataciones Públicas

DGCP-DF-2023-012

En el contexto de responsabilidad de la Entidad Licitante, en que se desarrolle el Acto Público bajo los preceptos procedimentales que correspondan, esta debe acatar lo instruido y aplicar los dictámenes emanados de la Dirección General de Contrataciones Públicas; no sólo en el caso particular que nos ocupa, si no en todos los Actos Públicos convocados, haciendo valer de forma debida y consecuente el procedimiento de selección de contratista que corresponda mediante las diligencias de instrucción a los miembros de las respectivas Comisiones, dando así certeza y seguridad procesal sobre el método utilizado en la verificación o evaluación de las Propuestas presentadas por quienes se constituyan en Proponentes en dichos Actos Públicos.

Autoridad Aeronáutica Civil/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución