Presentación de Acción de Reclamo Informe de Comisión

DGCP-DF-2023-209

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio, que es en el plazo de dos días hábiles siguientes a la aceptación del Informe de comisión, expresamente o por silencio administrativo, el término procesal que tienen los proponentes afectados por dicho informe, para presentar su acción de reclamo ante la DGCP, por lo que la entidad no podrá emitir resolución alguna adjudicando o declarando desierto el acto público.

Instituto de Innovación Agropecuaria/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Comisionados Conflicto de Interés

DGCP-DF-2023-211

Cuando cualquiera de los comisionados tuviere algún conflicto de interés, real o aparente que le impida participar de la comisión, el representante legal de la entidad o el servidor público delegado procederá a designar su reemplazo del listado que previamente le proporcionó el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”. 

Instituto de Innovación Agropecuaria/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Procedimiento de Selección de Contratista Observaciones al Informe de Comisión

DGCP-DF-2023-227

En todo Procedimiento de Selección de Contratista en el que se emitan Informes de Evaluación Precontractual, ya sea por parte de Comisiones Evaluadoras o Verificadoras, todo proponente tiene la oportunidad de presentar observaciones ante la Entidad Licitante y esta la obligación de analizarlas y decidir si las acoge o no, siendo este el mecanismo consagrado en la Ley de Contrataciones Públicas para aclarar las discrepancias entre los participantes dentro de un Acto Público y la Entidad Licitante, con motivo de la emisión de un informe.

METRO DE PANAMÁ, S.A./ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Funcionamiento de las Comisiones Nombramiento

DGCP-DF-2023-151

Una vez la entidad licitante haya seleccionado los miembros de la comisión, esta será nombrada formalmente por el representante legal de la entidad, o por quien este delegue, mediante resolución debidamente motivada, la cual se publicará junto con el informe de verificación o evaluación correspondiente.

MINISTERIO PÚBLICO/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Conformación de la Comisión

DGCP-DF-2023-152

En la conformación de la comisión, la mayoría de sus miembros no podrán pertenecer a la entidad licitante.

MINISTERIO PUBLICO/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Modificación al Informe de Comisión

DGCP-DF-2023-186

El informe de la comisión no podrá ser modificado ni anulado, salvo que por mandamiento del representante legal de la entidad, la Dirección General de Contrataciones Públicas o el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas se declare que se hizo en contravención de lo dispuesto en esta Ley o el pliego de cargos, para lo cual deberán indicar en la respectiva resolución los incumplimientos de los requisitos legales y/o formales del pliego de cargos y de la ley que han sido infringidos por la comisión.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Especificaciones Técnicas

DGCP-DF-2023-099

Somos del criterio que la Entidad Licitante debe detallar de forma amplia y precisa cuáles son las especificaciones técnicas que requiere, a fin que los proponentes sepan con exactitud lo que deben proponer y no tengan ningún tipo de confusión a la hora de preparar sus propuestas. En este mismo sentido, vale externar que al realizar el citado detalle de forma clara, se evita que al momento de la revisión de las propuestas, la Entidad Licitante profiera criterios subjetivos, lo que va en detrimento del Principio de Transparencia consagrado en la Ley de Contrataciones Públicas.

Ministerio de Seguridad Pública/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Informes de Comisión Modificación de Informes

DGCP-DF-2023-090

La modificación de los informes de los comisionados por parte del representante legal de la entidad licitante debe ser una medida excepcional que se sustente en criterios objetivos y justificados, y que garantice el cumplimiento de los principios y normas que rigen en la contratación pública.

Caja del Seguro Social- Complejo Amador Guerrero / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Informes de Comisión Modificación de Informes

DGCP-DF-2023-088

Se debe tener en cuenta que la modificación de los informes no puede realizarse de manera arbitraria, sino que debe estar fundamentada en razones objetivas y justificadas que permitan garantizar el correcto desarrollo del proceso de contratación pública.

Caja del Seguro Social- Complejo Amador Guerrero / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Miembros de las Comisiones Actuaciones

DGCP-DF-2023-078

Los Miembros de las Comisiones deben actuar con integridad y transparencia, evitando cualquier conflicto de interés o situación que pudiera afectar su objetividad en el proceso de contratación.

Municipio de San Francisco / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución