La Dirección General de Contrataciones Públicas, tiene entre sus competencias la de absolver las consultas en materia de implementación y aplicación de la Ley 22 de junio de 2006; estas consultas son tramitadas atendiendo el derecho de petición establecido en el artículo 41 de la Constitución Política de la República de Panamá y el artículo 82 de la Ley 38 de 2000, que regula el Procedimiento Administrativo General, el cual indica que toda consulta formulada ante autoridad competente, que cumpla con los requisitos establecidos en esta Ley, deberá ser absuelta por la autoridad respectiva, dentro de los treinta días hábiles siguientes a su presentación.
Firma Forense Alfaro, Ferrer & Ramírez/ Nota N°DGCP-DJ-082-2021 de fecha 22 de junio de 2021.