Reglas de Desempate Micro, Pequeña y Mediana Empresa

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que si el empate es una eventualidad cuya posibilidad de suscitarse puede ser prevista por los proponentes, si estos tienen la condición de micro, pequeña o mediana empresa, deberán realizar sus respectivos registros ante la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, antes de la celebración del acto público, a fin de poder acreditarlo en caso de ser necesario, en virtud del principio de igualdad de proponentes.

Ana Guevara/ Nota N°DGCP-DJ-207-2019 con fecha 23 de octubre de 2019.

Reglas de Desempate

Micro, Pequeña y Mediana Empresa Certificación

El Texto Único de la Ley No. 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, no define el momento en que los proponentes deben registrarse en la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para que pueda tomarse en consideración esta certificación en la eventualidad de aplicar las reglas de desempate en los actos públicos.

Ana Guevara/ Nota N°DGCP-DJ-207-2019 con fecha 23 de octubre de 2019.

Certificado Ampyme.

Reglas de Desempate Adjudicación a Micros, Pequeñas y Medianas Empresas

El Decreto Ejecutivo No.40 del 10 de abril de 2018, que regula la Ley 22 de 2006, establece que, en los casos que se produzcan un empate de propuestas, el acto público será adjudicado al proponente que aporte la certificación expedida por la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, que le acredita como empresa registrada, siempre que cumpla con todos los requisitos exigidos en el pliego de cargos.

Ana Guevara/ Nota N°DGCP-DJ-207-2019 con fecha 23 de octubre de 2019.

Reglas de Desempate

Empresas Locales y Micro y Pequeñas Empresas

Los artículos 12 y 57 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establecen una preferencia a ser aplicada con la finalidad de incentivar la participación de empresas locales y micro y pequeñas empresas en los procedimientos de contrataciones menores, estableciendo dos escenarios distintos, uno de ellos en el que participen empresas locales y otro en el que participan micro y pequeñas empresas.

Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa/ Nota N°DGCP-DJ-245-2022 de fecha 13 de diciembre de 2022.

AMPYME (Preferencias en compras menores locales vs mipes)

Empresas Locales y Micro y Pequeñas Empresas

La Ley 22 de 2006, no definió el escenario de aquellas contrataciones menores en las que concurrieran como proponentes tanto empresas locales como micro y pequeñas empresas, es por ello, que el Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, en su artículo 90, modificado por el Decreto Ejecutivo No. 34 de 2022, entra a desarrollar y esclarecer de forma prudente la prevalencia en la adjudicación a favor de las empresas locales.

Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa/ Nota N°DGCP-DJ-245-2022 de fecha 13 de diciembre de 2022.

Preferencias en compras menores locales vs mipes

 

 

 

Micro y Pequeñas Empresas Adjudicación a Favor de las Micro y Pequeñas Empresas

El Artículo 88 de Adjudicación a favor de las micro y pequeñas empresas del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020, establece la prioridad que tienen las micro y pequeñas empresas en las compras menores, cuando en este tipo de procedimiento de selección de contratista participen proponentes que sean MIPES y otros que no, condicionando esta prelación a una diferencia no mayor del 5% entre el precio ofertado por la micro o pequeña empresa y la oferta de la empresa no MIPE, siempre que la oferta presentada por la  MIPE cumpla con todos los requisitos exigidos en el pliego de cargos.

Quadrian Enterprises, S.A./Nota N°DGCP-DJ-104-2021 de fecha 7 de julio de 2021.

Adjudicación de las micro y pequeñas empresas