Reglas de Desempate Sorteo Público

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que la no presentación al sorteo público se entenderá como la pérdida del interés del proponente a la participación en el acto público, toda vez que la Comisión no sabrá qué propuesta verificar primero, y la consecución del acto público no puede suspenderse por la no presentación de los proveedores después de las invitaciones a participar del desempate.

Agencia Panamá Pacífico/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1003-2022 con fecha 16 de agosto de 2022/ Acto público N°2022-2-97-0-15-LP-003516.

Reglas de Desempate. Sorteo Público.

Reglas de Desempate Sorteo Público

Del artículo 53 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, se concluye claramente los pasos y reglas que deben seguir la entidades para desempatar las propuestas; por lo cual, si después de la solicitud de mejora de precio, las empresas mantienen el empate se debe considerar lo establecido en la normativa vigente, es decir, el sorteo público y de no presentarse ninguno de los proponentes empatados, la entidad podrá declarar desierto el acto público o fijar una última fecha para realizar el sorteo público.

Agencia Panamá Pacífico/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1003-2022 con fecha 16 de agosto de 2022/ Acto Público N°2022-2-97-0-15-LP-003516.

Reglas de Desempate. Sorteo Público.