Perfeccionamiento del Contrato Contraloría General de República

El artículo 93 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, el cual señala taxativamente que los contratos se entenderán perfeccionados cuando sean refrendados por la Contraloría General de la República, surtiendo todos sus efectos legales a partir de la fecha de notificación o entrega de la orden de proceder al contratista.

Constructora Aguilar y Jiménez, S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-1464-2024 de fecha 07 de octubre de 2024/ Acto Público No.2024-5-30-05-04-LP-000161.

Perfeccionamiento del contrato