DGCP-DF-2021-068
El propósito y alcance de la Acción de Reclamo, es el de atacar acciones u omisiones ilegales o arbitrarias ocurridas dentro del Proceso de Selección de Contratista, no así, pretender que la Dirección General de Contrataciones Públicas determine el cumplimiento o no de requisitos establecidos en el Pliego de Cargos, lo cual corresponde única y exclusivamente a la Comisión Evaluadora, máxime cuando el requisito objetado versa sobre aspectos técnicos inherentes al objeto de la contratación, donde se reviste de mayor importancia la función de los Señores Comisionados designados como los idóneos para emitir juicio al respecto de su cumplimiento o no.
Empresa De Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA)/Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/500,000.00).