El artículo 84 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020, indica que, el caso en que la propuesta no podrá ser considerada para efecto de la adjudicación, es cuando el precio total u objeto se distorsione, producto de esta aclaración de propuesta.
Banco Nacional de Panamá/ Nota N°DGCP-DJ-DS-836-2023 de fecha 16 de mayo de 2023.