Uso de Firma Electrónica Calificada

DGCP-DF-2023-115

En todos los procesos de contratación regulados por la Ley de Contrataciones Públicas, el Estado podrá hacer uso de firmas electrónicas calificadas en su ámbito interno y en su relación con los particulares.

CAJA DEL SEGURO SOCIAL- POL. SANTIAGO BARRAZA DE LA CHORRERA /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Procedimiento de Selección de Contratista Firma Electrónica Calificada

DGCP-DF-2023-114

Toda documentación que deba ser presentada por los particulares dentro de los procesos de selección y contratación pública, establecidos en la Ley de Contrataciones Públicas, podrá ser presentada utilizando medios electrónicos respaldados por firmas electrónicas calificadas.

CAJA DEL SEGURO SOCIAL- POL. SANTIAGO BARRAZA DE LA CHORRERA /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Firma Electrónica Propuestas

DGCP-DF-2021-075

Los particulares que realicen contrataciones con el Estado podrán hacerlo utilizando firmas electrónicas calificadas, emitida por un prestador de servicio de certificación de firmas electrónicas o por el Registro Público de Panamá como prestador de servicios de certificación y producirá los mismos efectos que tienen los documentos originales y no necesita autenticación ante un Notario Público.

 

Ministerio de Obras Públicas/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución