Plataforma de Cotizaciones en Línea Contratación Menor por Cotizaciones

Para la aplicación del procedimiento de contratación menor por cotizaciones, cuando el monto no excede de diez mil balboas (B/.10 000.00), las entidades deberán utilizar obligatoriamente la Plataforma de Cotizaciones en Línea del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, para la recibir las cotizaciones y seleccionar al contratista que vaya a suplir bienes, servicios u obras, según lo establecido en el Decreto Ejecutivo 439 de 2020.

Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia/ Nota N°DGCP-DJ-154-2020 de fecha 9 de diciembre de 2020.

Plataforma de Cotizaciones en Línea para Contratación Menor por Cotizaciones.

Plataforma de Cotizaciones en Línea Formulario de Excepcionalidad de Uso

Ante situaciones que impidan a la entidad contratante la utilización de la plataforma de cotizaciones en línea, esta podrá hacer uso del formulario de excepcionalidad habilitado como funcionalidad de la plataforma para proceder al registro del procedimiento que corresponda (contrataciones menores, procedimiento especial o procedimiento excepcional de contratación), y posteriormente ejercer la facultad administrativa de sustentar sus actuaciones y/o posibles impedimentos que se hayan suscitado ante la Contraloría General de la República como ente fiscalizador.

Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia/ Nota N°DGCP-DJ-154-2020 de fecha 9 de diciembre de 2020.

Formulario de Excepción de Uso de Plataforma de Cotizaciones en Línea.

Plataforma de Cotizaciones en Línea Uso Obligatorio

El artículo 259 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, que regula la contratación pública, establece que las entidades deberán utilizar obligatoriamente la Plataforma de Cotizaciones en Línea, habilitada en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” para solicitar las cotizaciones, de conformidad con las guías emitidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, las cuales están debidamente publicadas en el referido portal electrónico.

Centro Educativo Básico Llano Grande/ Nota N°DGCP-DJ-98-2021 de fecha 30 de junio de 2021.

Uso Obligatorio de la Plataforma de Cotizaciones en Línea.

Plataforma de Cotizaciones en Línea Solicitud de Pedido

Una vez que la entidad identifique el bien, servicio u obra que necesita, procederá a generar la solicitud de pedido en la Plataforma de Cotizaciones en Línea, la cual contendrá las especificaciones y características del mismo, su ficha técnica en los casos de bienes o insumos que así lo ameriten y el detalle de todos los requisitos y/o requerimientos mínimos. Las entidades no podrán exigir al momento de solicitar la cotización en la Plataforma de Cotizaciones en Línea, documentos adicionales a la cotización.

Centro Educativo Básico Llano Grande/ Nota N°DGCP-DJ-98-2021 de fecha 30 de junio de 2021.

Solicitud de Pedido en la Plataforma de Cotizaciones en Línea.

Plataforma Cotizaciones en Línea Municipios, Juntas Comunales y Consejos Provinciales

Del artículo 3 del Decreto Ejecutivo No.230 de 14 de abril de 2021, se colige claramente que los Municipios, Juntas Comunales y Consejos Provinciales, se exceptúan hasta el 31 de diciembre de 2021, del uso obligatorio de la Plataforma de Cotización en Línea, para Las contrataciones menores para obras que no superen los veinticinco mil balboas con 00/100 (B/.25, 000.00) y se establece el procedimiento a seguir en estos casos.

Representante del Corregimiento de Wargandi/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1352-2021 de fecha 27 de octubre de 2021.

Uso de Plataforma Cotizaciones en Línea para Municipios, Juntas Comunales y Consejos Provinciales.

Plataforma Cotizaciones en Línea

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que la plataforma de cotizaciones en línea no constituye por sí misma un procedimiento de selección de contratista, sino que se trata de una herramienta para facilitar la solitud y recibo de cotizaciones por parte de las entidades contratantes en aquellos procedimientos de selección que así lo requieran, entre los que se encuentran las contrataciones menores por cotizaciones que no exceden de diez mil balboas 00/100 (B/.10,000.00).

Ministerio de la Presidencia/ Nota N°DGCP-DJ-048-2021 de fecha 27 de abril de 2021.

Plataforma Cotizaciones en Línea.

Plataforma Cotizaciones en Línea Justificación de Excepción de Uso

El artículo 91 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020, no tiene una relación directa con el documento estandarizado OTR-0001 denominado “JUSTIFICACIÓN DE EXCEPCIÓN DE USO DE PLATAFORMA DE COTIZACIONES EN LÍNEA”, toda vez que se trata de escenarios distintos, siendo el primero aquel en el cual la plataforma de cotizaciones en línea es utilizada por la entidad, pero no recibe las cotizaciones requeridas o necesarias o no recibe ninguna cotización.

Ministerio de la Presidencia/ Nota N°DGCP-DJ-048-2021 de fecha 27 de abril de 2021.

Justificación de Excepción de Uso de Plataforma Cotizaciones en Línea.

Solicitud de Cotizaciones en Áreas Rurales Certificación de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental

El artículo 93 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 8 mayo de 2020, faculta a la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental para expedir la certificación que avale que una entidad no cuenta con el servicio de internet que les permita publicar sus actos públicos, situación ésta que va ligada a lo señalado por el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ejecutivo No.230 de 14 de abril de 2021, que ordena a las Juntas Comunales en los procedimientos mencionados en dicha norma, a publicar obligatoriamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, la orden de compra o Contrato a favor del proponente adjudicado.

Junta Comunal de Taboga/ Nota N°DGCP-DS-DJ-743-2021 de fecha 09 de junio de 2021.

Solicitud de Cotizaciones en Áreas Rurales.

Plataforma de Cotizaciones en Línea

La Guía de Uso de la Plataforma de Cotización en Línea de mayo de 2020, publicada en la sección de manuales e instructivos, establece en su acápite III, que después de realizado tres procesos de solicitudes, sin que se hubiese recibido cotización alguna, la entidad podrá solicitar cotizaciones por cualquier otro medio tecnológico o de comunicación, para poder con ello establecer y justificar el precio de referencia del bien o servicio que desea recibir.

Escuela Primaria El Tejar/ Nota N°DGCP-DJ-079-2021 de fecha 03 de junio de 2021.

Plataforma de Cotizaciones en Línea.

Solicitud de Cotizaciones en Áreas Rurales

El artículo 93 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, contempla que en aquellas áreas rurales que no cuenten con el servicio de internet debidamente acreditado por la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental como es el caso que nos ocupa, podrán realizar sus cotizaciones por cualquier otro medio tecnológico o de comunicación a fin de que puedan satisfacer sus necesidades.

Centro Educativo Marcos Medina Ambulo/ Nota N°DGCP-DJ-162-2021 de fecha 29 de septiembre de 2021.

Solicitud de Cotizaciones en Áreas Rurales.