Plataforma de Cotizaciones en Línea Uso Obligatorio

El artículo 259 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, que regula la contratación pública, establece que las entidades deberán utilizar obligatoriamente la Plataforma de Cotizaciones en Línea, habilitada en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” para solicitar las cotizaciones, de conformidad con las guías emitidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, las cuales están debidamente publicadas en el referido portal electrónico.

Centro Educativo Básico Llano Grande/ Nota N°DGCP-DJ-98-2021 de fecha 30 de junio de 2021.

Uso Obligatorio de la Plataforma de Cotizaciones en Línea.

Plataforma de Cotizaciones en Línea Solicitud de Pedido

Una vez que la entidad identifique el bien, servicio u obra que necesita, procederá a generar la solicitud de pedido en la Plataforma de Cotizaciones en Línea, la cual contendrá las especificaciones y características del mismo, su ficha técnica en los casos de bienes o insumos que así lo ameriten y el detalle de todos los requisitos y/o requerimientos mínimos. Las entidades no podrán exigir al momento de solicitar la cotización en la Plataforma de Cotizaciones en Línea, documentos adicionales a la cotización.

Centro Educativo Básico Llano Grande/ Nota N°DGCP-DJ-98-2021 de fecha 30 de junio de 2021.

Solicitud de Pedido en la Plataforma de Cotizaciones en Línea.

Plataforma Cotizaciones en Línea Municipios, Juntas Comunales y Consejos Provinciales

Del artículo 3 del Decreto Ejecutivo No.230 de 14 de abril de 2021, se colige claramente que los Municipios, Juntas Comunales y Consejos Provinciales, se exceptúan hasta el 31 de diciembre de 2021, del uso obligatorio de la Plataforma de Cotización en Línea, para Las contrataciones menores para obras que no superen los veinticinco mil balboas con 00/100 (B/.25, 000.00) y se establece el procedimiento a seguir en estos casos.

Representante del Corregimiento de Wargandi/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1352-2021 de fecha 27 de octubre de 2021.

Uso de Plataforma Cotizaciones en Línea para Municipios, Juntas Comunales y Consejos Provinciales.

Plataforma Cotizaciones en Línea

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que la plataforma de cotizaciones en línea no constituye por sí misma un procedimiento de selección de contratista, sino que se trata de una herramienta para facilitar la solitud y recibo de cotizaciones por parte de las entidades contratantes en aquellos procedimientos de selección que así lo requieran, entre los que se encuentran las contrataciones menores por cotizaciones que no exceden de diez mil balboas 00/100 (B/.10,000.00).

Ministerio de la Presidencia/ Nota N°DGCP-DJ-048-2021 de fecha 27 de abril de 2021.

Plataforma Cotizaciones en Línea.

Plataforma Cotizaciones en Línea Justificación de Excepción de Uso

El artículo 91 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020, no tiene una relación directa con el documento estandarizado OTR-0001 denominado “JUSTIFICACIÓN DE EXCEPCIÓN DE USO DE PLATAFORMA DE COTIZACIONES EN LÍNEA”, toda vez que se trata de escenarios distintos, siendo el primero aquel en el cual la plataforma de cotizaciones en línea es utilizada por la entidad, pero no recibe las cotizaciones requeridas o necesarias o no recibe ninguna cotización.

Ministerio de la Presidencia/ Nota N°DGCP-DJ-048-2021 de fecha 27 de abril de 2021.

Justificación de Excepción de Uso de Plataforma Cotizaciones en Línea.

Solicitud de Cotizaciones en Áreas Rurales Certificación de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental

El artículo 93 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 8 mayo de 2020, faculta a la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental para expedir la certificación que avale que una entidad no cuenta con el servicio de internet que les permita publicar sus actos públicos, situación ésta que va ligada a lo señalado por el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ejecutivo No.230 de 14 de abril de 2021, que ordena a las Juntas Comunales en los procedimientos mencionados en dicha norma, a publicar obligatoriamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, la orden de compra o Contrato a favor del proponente adjudicado.

Junta Comunal de Taboga/ Nota N°DGCP-DS-DJ-743-2021 de fecha 09 de junio de 2021.

Solicitud de Cotizaciones en Áreas Rurales.

Plataforma de Cotizaciones en Línea

La Guía de Uso de la Plataforma de Cotización en Línea de mayo de 2020, publicada en la sección de manuales e instructivos, establece en su acápite III, que después de realizado tres procesos de solicitudes, sin que se hubiese recibido cotización alguna, la entidad podrá solicitar cotizaciones por cualquier otro medio tecnológico o de comunicación, para poder con ello establecer y justificar el precio de referencia del bien o servicio que desea recibir.

Escuela Primaria El Tejar/ Nota N°DGCP-DJ-079-2021 de fecha 03 de junio de 2021.

Plataforma de Cotizaciones en Línea.

Solicitud de Cotizaciones en Áreas Rurales

El artículo 93 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, contempla que en aquellas áreas rurales que no cuenten con el servicio de internet debidamente acreditado por la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental como es el caso que nos ocupa, podrán realizar sus cotizaciones por cualquier otro medio tecnológico o de comunicación a fin de que puedan satisfacer sus necesidades.

Centro Educativo Marcos Medina Ambulo/ Nota N°DGCP-DJ-162-2021 de fecha 29 de septiembre de 2021.

Solicitud de Cotizaciones en Áreas Rurales.

Plataforma Cotizaciones en Línea Excepcionalidad de Uso

En caso que las entidades seleccionen la excepcionalidad al uso de las cotizaciones en línea, el Sistema desplegará el citado documento en donde las entidades licitantes al utilizarlo, deberán exponer las condiciones objetivas y fundadas que imposibilitan solicitar cotizaciones haciendo uso de la Plataforma de Cotizaciones en Línea, las cuales no pueden basarse en una falta de planificación por parte de la institución, lo cual deberán sustentar ante la Contraloría General de la República como ente competente para aprobar o negar el refrendo en las órdenes de compra que sometan a su consideración.

Ministerio de Salud/ Nota N°DGCP-DJ-139-2021 de fecha 26 de agosto de 2021.

Excepcionalidad de Uso de la Plataforma de Cotizaciones en Línea.

Plataforma Cotizaciones en Línea Excepcionalidad

En los casos en donde las entidades licitantes requieran la adquisición de bienes, servicios o la realización de obras dentro de las cuales la solicitud de cotizaciones no pueda realizarse utilizando la Plataforma de Cotizaciones en Línea o bien porque el servicio ya fue prestado, esta Dirección ha habilitado en el Sistema “PanamaCompra”, la opción al momento de registrar compras menores de diez mil balboas, de aplicar la excepcionalidad a su uso, a través del documento OTR-0001, documento que fue añadido al flujo sistemático de la plataforma de cotizaciones en línea para ser utilizado en casos excepcionales, es decir, bajo circunstancias imprevistas, impostergables, concretas, inmediatas, probadas y/u objetivas que podrían de forma evidente ocasionar un daño material o económico al Estado o a los ciudadanos, e impide a la entidad someter el procedimiento respectivo a la plataforma de cotizaciones en línea.

Dirección Regional Ngäbe Buglé/ Nota N°DGCP-DJ-158-2021 de fecha 24 de septiembre de 2021.

Excepcionalidad en la Plataforma de Cotizaciones en Línea.