Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura Registro y Certificado de idoneidad

La Resolución No. JTIA-609 de 20 de octubre 2003, por medio de la cual se reglamenta la participación de empresas en los actos públicos, para la contratación de obras de Ingeniería y Arquitectura, dispone de manera clara, que las empresas que participen en actos públicos o privados de contratación de obras o actividades de Ingeniería y Arquitectura deben estar registradas en la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura, para lo cual, entre otras cosas, deben contar con el respectivo certificado de idoneidad expedido por la referida junta.

PASS, S.A./ Nota N° DGCP-DJ-226-2019 de fecha 2 de diciembre 2019.

Idoneidad de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura

 

Certificado de Idoneidad JTIA Profesionales Responsables de las Obras

Los profesionales responsables de las obras o de las actividades propias de la ingeniería y arquitectura, deberán tener los correspondientes certificados de idoneidad expedidos por la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura, en sus respectivas ramas.

PASS, S.A./ Nota N° DGCP-DJ-226-2019 de fecha 2 de diciembre 2019.

Idoneidad de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura

 

 

Responsabilidad Técnica En Obra de Ingeniería o Arquitectura

El artículo 9 de la Ley No. 15 de 26 de enero de 1959, por la cual se regula el ejercicio de las profesiones de ingeniería y arquitectura, dispone que toda obra de ingeniería o arquitectura que se ejecute en el país deberá estar, según su naturaleza, bajo la responsabilidad técnica de un ingeniero o un arquitecto o de una empresa que tenga a su servicio profesionales idóneos.

PASS, S.A./ Nota N° DGCP-DJ-226-2019 de fecha 2 de diciembre 2019.

Idoneidad de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura

Solicitud de Idoneidad de la JTIA En Obras o Actividades de Ingeniería y Arquitectura

No es discrecional para las entidades del Estado la exigencia o no de la idoneidad emitida por Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura en los actos públicos que versen sobre obras o actividades de Ingeniería y Arquitectura, toda vez que, es un requisito de obligatorio cumplimiento para su participación.

PASS, S.A./ Nota N° DGCP-DJ-192-2019 de fecha 10 de octubre de 2019.

Idoneidad de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura

Nulidad de Acto Público y Contrato Omisión del Certificado de idoneidad expedido por la JTIA

En el caso que una entidad realice un acto público relativo a obras o actividades de ingeniería y arquitectura, a través del cual prescinda solicitar el respectivo certificado de idoneidad expedido por la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura, tanto el acto público como su respectivo contrato podrán ser declarados nulos.

PASS, S.A./ Nota N° DGCP-DJ-192-2019 de fecha 10 de octubre de 2019.

Idoneidad de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura

Cuando No Aplica el Requisito Idoneidad de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura

Las entidades licitantes al momento de estructurar el pliego de cargos en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, ya tienen estandarizados una serie de requisitos mínimos obligatorios, entre los cuales está la solicitud de Idoneidad de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura, sin embargo, en caso que el objeto de la contratación no implique la realización de obras o actividades relativas a la ingeniería y arquitectura, la entidad podrá establecer en el pliego de cargos, que no es necesario la presentación del referido requisito.

Contraloría General de la República/DGCP-DS-DJ-249-2021 de fecha 25 de marzo de 2021.

Presentación de la Idoneidad JTIA

Idoneidad de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura Aplicación del Requisito

En el caso que una contratación no conlleve la realización de obras o actividades de ingeniería y arquitectura, los proponentes no estarán obligados a presentar el requisito de la Idoneidad de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura.

Contraloría General de la República/DGCP-DS-DJ-249-2021 de fecha 25 de marzo de 2021.

Presentación de la Idoneidad JTIA

Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura

En referencia al requisito de idoneidad, registro de empresa y certificación de registro de empresa ante la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura, se sustenta en la Ley 15 de 26 de enero de 1959, que regula el ejercicio de los profesionales de Ingeniería y Arquitectura, al igual que en la  Resolución JTIA No.014 de 11 de marzo de 2020, por lo cual, los proponentes que participen en actos de selección de contratista, que incluyan actividades de ingeniería y/o arquitectura, deben acreditar que cuentan con Idoneidad Profesional o Licencia Temporal, en el caso de las personas naturales y registro de empresa, en cuanto a las personas jurídicas, ambas expedidas por la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura (JTIA).

Constructora Jalsa/Nota N°DGCP-DJ-111-2021 de fecha 22 de julio de 2021.

Registro y Certificación de la JTIA