Principios en la Contratación Pública Principio de Publicidad

DGCP-DF-2019-044

Debe la Entidad Licitante verificar de manera rigurosa, la exacta complementación entre ambos Pliegos, con el fin de evitar discrepancias entre estos, ya que aun cuando el Pliego de Cargos Electrónico prive sobre el Pliego de Cargos adjunto, puede generar incertidumbre en los Proponentes y al mismo tiempo, es deber de la Entidad Licitante, en observancia al Principio de Publicidad, el preparar Pliegos de Cargos precisos y que no contengan ambigüedades.

Municipio de Panamá/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución