Principios de la Contratación Pública Actuaciones de la Entidad Licitante

DGCP-DF-2023-173

Las actuaciones de los servidores públicos y la Entidad Licitante, deben ajustarse estrictamente a las etapas que prescribe la normativa en materia de Contrataciones Públicas, a fin de dar cumplimiento a los principios que la rigen, como son el Principio de Transparencia, Debido Proceso, Economía y Responsabilidad de los Servidores Públicos.

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Publicación de documentos por parte de la Entidad Licitante

DGCP-DF-2023-176

Debe la Entidad Licitante publicar todos los anexos y documentos que faciliten a los interesados, preparar sus propuestas y conocer a cabalidad el objeto de la contratación y sus alcances, tales como planos, diseños, fotos de referencia. 

MINISTERIO DE SALUD/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Principio de Publicidad Publicación de Información del proceso de selección

DGCP-DF-2023-074

La Entidad Licitante debe cumplir con la obligación de publicar toda la información relevante para el proceso de selección, incluyendo las características técnicas del bien objeto de la contratación y el estudio técnico y de mercado utilizado para elaborar el Pliego y presupuesto.

CENTRO NACIONAL DE METROLOGÍA DE PANAMÁ AIP/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no excede la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Publicidad Publicación de Actuaciones

DGCP-DF-2023-013

Es deber de la Entidad Licitante publicar todas las actuaciones que surjan dentro del Acto Público, para preservar la legalidad e integridad del debido proceso licitatorio, dando cumplimiento así al Principio de Publicidad y Transparencia.

EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. (ETESA). / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Publicación de Documentos

 

DGCP-DF-2022-127

Es deber de la Entidad Licitante publicar todas las actuaciones que surjan dentro del Acto Público.

Municipio de San Carlos/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Publicidad Publicación de Información

DGCP-DF-2022-109

La Entidad Licitante tiene la obligación de publicar todas las actuaciones que surjan dentro del Acto Público.

Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Expediente Electrónico Principio de Publicidad

DGCP-DF-2022-108

Es el deber de la Entidad Licitante de publicar todas las actuaciones que surjan dentro del Acto Público.

Instituto para la Formación y Aprovechamiento de los Recursos Humanos / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Solicitud de Aclaraciones Pliego de Cargos

DGCP-DF-2022-016

La Dirección General de Contrataciones Públicas tiene a bien señalar que las Entidades Licitantes están obligadas a dar respuesta expresa a las solicitudes de modificación o aclaración del Pliego de Cargos, ya sea negándolas o accediendo a lo solicitado.

Dirección General de Contrataciones Públicas /Convenio Marco-procedimiento utilizado cuando se seleccionará uno o más proponentes, con los cuales se firmará un contrato llamado Convenio Marco, y se establecerán precio y condiciones determinados para bienes y servicios.

Resolución 

Principios en la Contratación Pública Principio de Publicidad

DGCP-DF-2019-044

Debe la Entidad Licitante verificar de manera rigurosa, la exacta complementación entre ambos Pliegos, con el fin de evitar discrepancias entre estos, ya que aun cuando el Pliego de Cargos Electrónico prive sobre el Pliego de Cargos adjunto, puede generar incertidumbre en los Proponentes y al mismo tiempo, es deber de la Entidad Licitante, en observancia al Principio de Publicidad, el preparar Pliegos de Cargos precisos y que no contengan ambigüedades.

Municipio de Panamá/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución