Publicación de Consultas

DGCP-DF-2023-270

Las consultas a la entidad no publicadas en el expediente electrónico del acto público, vulnera los principios de publicidad y transparencia que rigen las contrataciones públicas.

MINISTERIO DE EDUCACION/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acta de Apertura de Propuestas

El Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020, en sus artículos 81 y 82, así como en el Manual Especial de Procedimientos de Selección de Contratista, se desprende la obligatoriedad para las entidades contratantes, de llevar a cabo públicamente, los actos de apertura de los actos públicos que realicen, cumpliendo así de igual forma, con el Principio de Publicidad, consagrado en el artículo 30 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/ Nota N°DGCP-DJ-095-2021 de fecha 28 de junio de 2021.

Acta de Apertura de Propuesta.

Principio de Publicidad

La Dirección General de Contrataciones Públicas, es del criterio que, la norma es clara cuando indica que todas las entidades reguladas por la Ley 22 de junio de 2006, están obligadas a divulgar toda la información relacionada con los procedimientos de selección de contratista que realicen y los contratos que celebren.

Caja de Ahorros/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1309-2021 de fecha 21 de octubre de 2021.

Principio de Publicidad.

Entidad Licitante Acta de Instalación de la Comisión

DGCP-DF-2021-051

Es responsabilidad de la Entidad Licitante publicar el Acta de Instalación de la Comisión para que quede constancia que los comisionados tomaron posesión de su cargo, en apego a los Principios de Publicidad y Transparencia que rigen las Contrataciones Públicas, pudiendo emitir un informe dentro del término establecido en la Ley, lo cual se corrobora con el Acta de Instalación.

 

Municipio Omar Torrijos Herrera/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Principios en la Contratación Pública Principio de Publicidad

DGCP-DF-2019-044

Debe la Entidad Licitante verificar de manera rigurosa, la exacta complementación entre ambos Pliegos, con el fin de evitar discrepancias entre estos, ya que aun cuando el Pliego de Cargos Electrónico prive sobre el Pliego de Cargos adjunto, puede generar incertidumbre en los Proponentes y al mismo tiempo, es deber de la Entidad Licitante, en observancia al Principio de Publicidad, el preparar Pliegos de Cargos precisos y que no contengan ambigüedades.

Municipio de Panamá/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución