Obligación de Publicar Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra"

El artículo 265 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020, debidamente modificado por el Decreto Ejecutivo 34 de 2022, se colige, que toda esta información relativa al acto público que corresponda, deberá ser publicada en tiempo oportuno en el sistema electrónico de contrataciones públicas “PanamaCompra”, de lo contrario se podrán aplicar las sanciones correspondientes establecidas en artículo 18 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/ Nota N° DGCP-DS-DJ-1310-2023 de fecha 20 de julio de 2023 / Acto Público N° 2021-2-66-0-07-CM-018312.

Obligación de Publicar

Estudio de Mercado Solicitud de Información

DGCP-DF-2023-097

Todas las consultas al mercado se encuentran disponibles en nuestra plataforma “PanamaCompra”, en el espacio de “Accesos Directos” – “Estudio de Mercado” y son identificadas con la nomenclatura SDI (Solicitud de Información) seguido por el nombre de la Entidad Pública que la realizó. 

Ministerio de Seguridad Pública/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Estudio de Mercado

DGCP-DF-2023-075

Es obligación legal de la Entidad Licitante elaborar el estudio de mercado y en el escenario que la Dirección General de Contrataciones Públicas lo solicite, debe remitirlo con el objeto de verificar la sustentación de cómo se logró el precio de referencia.

Municipio de San Francisco / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Fianza de Cumplimiento

DGCP-DF-2023-025

La fianza de cumplimiento garantiza el cumplimiento del contrato u obligación de ejecutar fielmente su objeto y, una vez cumplido este, de corregir los defectos a que hubiera lugar. Su vigencia corresponde al periodo de ejecución del contrato principal y al término de la liquidación, más el término de un año, si se trata de bienes muebles para responder por vicios redhibitorios, como mano de obra, material defectuoso o de inferior calidad, así como cualquier otro vicio o defecto en el objeto del contrato, salvo los bienes muebles consumibles que no tengan reglamentación especial, cuyo término de cobertura será de seis meses, y por el término de tres años, para responder por defectos de reconstrucción o de construcción de la obra o bien inmueble (Cfr. Artículo 123 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020). Es responsabilidad de la entidad licitante exigir la aportación de dicha fianza y requerir su vigencia durante la ejecución del contrato.

Municipio de San Francisco / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Publicidad Publicación de Información del proceso de selección

DGCP-DF-2023-074

La Entidad Licitante debe cumplir con la obligación de publicar toda la información relevante para el proceso de selección, incluyendo las características técnicas del bien objeto de la contratación y el estudio técnico y de mercado utilizado para elaborar el Pliego y presupuesto.

CENTRO NACIONAL DE METROLOGÍA DE PANAMÁ AIP/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no excede la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Pliego de Cargos

DGCP-DF-2023-007

La Entidad como gestora del acto público tiene la obligación de elaborar el Pliego de Cargos teniendo para ello en cuenta que este se constituye en el documento rector en todo Procedimiento de Selección de Contratista, para lo cual el contenido de los requisitos de participación no puede dar espacio a confusión, ni interpretaciones.

Mercados Nacionales de Cadena de Frío, S.A./ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Principio de Publicidad Publicación de Información

DGCP-DF-2022-109

La Entidad Licitante tiene la obligación de publicar todas las actuaciones que surjan dentro del Acto Público.

Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Comisiones Solicitud de Aclaraciones

DGCP-DF-2022-092

Es facultad de la Comisión solicitar aclaraciones y explicaciones a los proponentes, si considera que ello es necesario, es decir, no se trata una obligación de los Comisionados, sino de una potestad que pueden decidir si ejercen o no, de acuerdo con el estudio que realicen en cuanto a la propuesta que es verificada o evaluada.

Ministerio de Obras Pública/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,00.00).

Resolución

Servidores Públicos Obligaciones

DGCP-DF-2022-061

Los servidores públicos tendrán la obligación y el deber durante el procedimiento de selección de contratista, de observar las normas aplicables sin añadir requisitos y eliminando las formalidades no exigidas por la Ley. 

Municipio de Omar Torrijos Herrera / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Economía

DGCP-DF-2022-055

Principio de Economía impone la obligación o el deber de no exigir formalidades más allá de las expresamente exigidas en el Pliego de Cargos

Municipio de Panamá/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,00.00).

 

Resolución