Acción de Reclamo

El numeral 42 del artículo 2 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, señala que son aquellas acciones que pueden interponer las personas naturales o jurídicas contra todo acto u omisión ilegal o arbitrario ocurrido durante el proceso de selección de contratista y antes que se adjudique o declare desierto, mediante resolución motivada, el acto público correspondiente o se rehacen las propuestas.

Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información/ Nota N°DGCP-DS-DJ-965-2020 de fecha 03 de diciembre de 2020.

Acción de Reclamo.

Acción de Reclamo

El artículo 143 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, contempla el derecho de los proponentes a presentar acciones de reclamo contra todo acto u omisión ilegal o arbitraria ocurrido durante el proceso de selección de contratista antes de que se adjudique.

Hospital Santo Tomás/ Nota N°DGCP-DJ-004-2020 con fecha 10 de enero de 2020/ Acto Público 2019-0-12-14-08-LP-017413.

Acción de Reclamo