DGCP-DF-2023-019
La selección y verificación objetiva del Acto Público que nos ocupa debe realizarse de acuerdo al Pliego de Cargos Electrónico, siendo que el Artículo 60 del Decreto Ejecutivo N° 439 de 10 de septiembre de 2020, relativo a las Discrepancias, determina que cuando existan discrepancias entre las estipulaciones elaboradas por la entidad en la plantilla electrónica y las elaboradas en documentos adjuntos, prevalecerán las elaboradas en la plantilla electrónica del pliego de cargos. Los servidores públicos involucrados en el proceso de contratación deberán tomar las medidas pertinentes a fin de corregir estas discrepancias, antes de la presentación de las propuestas.
Autoridad Nacional de Ambiente/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).