Profesionales de la Ingeniería y la Arquitectura Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura.

DGCP-DF-018-2025

La participación de profesionales de la ingeniería y la arquitectura, requiere que estos se encuentren registrados en la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura. La Entidad Licitante debe tener la certeza que los profesionales propuestos, sean nacionales o extranjeros, cuentan, a la fecha del Acto Público, con la idoneidad correspondiente otorgada por la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura.

ETESA / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Acción de Reclamo contra el pliego de cargos

DGCP-DF-011-2025

Toda persona interesada en participar en un acto de selección de contratista, previo al cumplimiento de las formalidades exigidas por la Ley de Contrataciones Públicas, tiene la facultad de interponer una Acción de Reclamo contra el Pliego de Cargos ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, siempre que haya participado en el Acto de Reunión Previa y de Homologación.

Instituto Técnico Superior Especial / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Comisión Evaluadora Especificaciones Técnicas

DGCP-DF-005-2025

Corresponde a la Comisión determinar el cumplimiento o no de los aspectos técnicos de las propuestas, en función de los requerimientos y exigencias del Pliego de Cargos, al ser sus miembros, profesionales idóneos en el objeto de la contratación.

AUTORIDAD AERONÁUTICA CIVIL/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Requisitos

DGCP-DF-009-2025

La Entidad Licitante tiene plena capacidad para exigir requisitos que garanticen altos estándares de calidad en la adquisición de bienes, obras y servicios.

Instituto Técnico Superior Especial / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Reglas en el acto público

DGCP-DF-008-2025

Es fundamental que el Pliego de Cargos incluya reglas que sean objetivas, justas y claras y que en su elaboración se respete el Principio de Igualdad de Oportunidades de los Proponentes, establecido en la Ley que regula la Contratación Pública, evitando la inclusión de cláusulas que reduzcan las posibilidades de participación de otros proponentes en el Acto Público

Instituto Técnico Superior Especializado/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00). 

Resolución

Certificado de Existencia de Proponente Requisito mínimo obligatorio

Del numeral 5 del artículo 15 del Texto Único de la Ley 153 de 2020 y el artículo 18 del Decreto Ejecutivo No.439 de 2020, se desprende la potestad de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) de establecer los lineamientos que sirvan de guía para el óptimo desarrollo de los procedimientos de selección de contratistas. En tal sentido, siendo el Certificado de Existencia del Proponente un requisito mínimo obligatorio que deberá adjuntarse a la propuesta en la etapa preliminar, el mismo deberá ser presentado en la forma establecida por la Dirección General de Contrataciones Públicas, es decir, en el caso de personas jurídicas, el Certificado de Registro Público deberá estar acompañado por copia cotejada, copia simple o copia digital de la cédula de identidad personal o pasaporte del representante legal.

Órgano Judicial/ Nota No. DGCP-DS-DJ-094-2025 de fecha 28 de enero de 2025

Certificado de Existencia del Proponente

 

Pliego de Cargos Muestras físicas

La Dirección General de Contrataciones Publicas, considera que las muestras físicas aportadas por los proponentes en los distintos procesos de selección de contratistas en los que participen, sin importar el rango de estas contrataciones, indudablemente forman parte de los elementos que conforman integralmente tales propuestas que, corresponde a la entidad licitante dirimir su cumplimiento o no a través del patrón de reglas procedimentales que rigen a la contratación pública.
Egbers Company, S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-1618-2024 de fecha 24 de octubre de 2024.

Muestras Físicas

Conformación de los Pliegos de Cargos

De los artículos 4 y 35 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, así como también el artículo 57 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020, debidamente modificado por el Decreto Ejecutivo 34 de 2022, podemos establecer la obligación que tienen las entidades licitantes de plasmar de forma clara en los pliegos de cargos, la información exacta de los requerimientos y necesidades para los que convocan los distintos procedimientos de selección de contratista, así como la imposibilidad de alterar, modificar o cambiar aquellos documentos y/o especificaciones que componen los pliegos de cargos, una vez efectuado el acto público. En caso de requerir algún cambio o modificación al contrato, dicho cambio deberá ser formalizado mediante la adenda correspondiente.

Grupo Trugar, S.A./ Nota No. DGCP-DS-DJ-1072-2024 de fecha 19 de agosto de 2024/ Acto Público No. 2022-2-81-01-08-LP-004045.

Pliego de Cargos

Subsanación de Documentos

DGCP-DF-2024-037

Solo se podrán subsanar documentos presentados con la propuesta, entendiendo por subsanación la corrección de estos, siempre que no se trate de documentos ponderables.

BANCO NACIONAL DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución