Responsabilidad de la Entidad Licitante

DGCP-DF-2023-261

La entidad es responsable de determinar los aspectos esenciales que mínimamente deben cumplir los proponentes al momento de acreditar experiencia en el suministro de los bienes que se pretenden adquirir, lo cual implica solicitar un valor económico mínimo de la experiencia a ser aportada así como la determinación del objeto suministrado, el cual debe coincidir con el objeto de la contratación.

EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. (ETESA)./ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Responsabilidad de los miembros del Consorcios

DGCP-DF-2022-090

La responsabilidad que se genera para los miembros de un Consorcio presenta un carácter indiscutiblemente solidario en el ámbito fiscal, laboral y civil, por cuenta de las relaciones jurídicas que se establezcan; por tanto y desde la perspectiva de la Contratación Pública, la no determinación en el acuerdo de consorcio de las empresas que asumirán dichas obligaciones, no constituye una causal que genere la descalificación de un proponente.

Ministerio de Obras Públicas/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,00.00).

Resolución