DGCP-DF-2023-209
La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio, que es en el plazo de dos días hábiles siguientes a la aceptación del Informe de comisión, expresamente o por silencio administrativo, el término procesal que tienen los proponentes afectados por dicho informe, para presentar su acción de reclamo ante la DGCP, por lo que la entidad no podrá emitir resolución alguna adjudicando o declarando desierto el acto público.
Instituto de Innovación Agropecuaria/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).