Presentación de Propuestas

El artículo 55 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece taxativamente en su último párrafo que: “A partir del 1 de enero de 2021, todas las propuestas deberán ser presentadas electrónicamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”; por lo tanto, las entidades licitantes deberán abstenerse de solicitar documentación por ventanilla el día del acto público.

Caja de Seguro Social, Chiriquí/ Nota N°DGCP-DJ-120-2022 con fecha 12 de julio de 2022.

Presentación de Propuestas.

Aviso de Operaciones Requisitos Obligatorios

DGCP-DF-2023-158

El Aviso de Operaciones no tiene que indicar taxativamente lo que expresa el objeto del Acto Público o las especificaciones técnicas, basta con que las actividades allí descritas estén claramente relacionadas con lo que busca la Entidad.

MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Incapacidad Legal para Contratar Presentación Electrónica

DGCP-DF-2023-174

La modificación del Artículo 8 del Decreto Ejecutivo N° 439 de 2020, relacionado a la Incapacidad Legal para Contratar, los proponentes que formulen una propuesta dentro un Acto Público, deberán declarar que no se encuentran incapacitados para contratar con el Estado, la cual será suscrita a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

MINISTERIO DE GOBIERNO/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Reglas de Desempate

El artículo 53 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, se utiliza para determinar el orden en que se deben verificar las propuestas que se encuentren en empate; sin embargo, esta no incide en el orden de prioridad en el que la Comisión Verificadora debe revisar las propuestas recibidas el día del acto público.

Agencia Panamá Pacífico/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1003-2022 con fecha 16 de agosto de 2022/ Acto Público N°2022-2-97-0-15-LP-003516.

Reglas de Desempate.

Pliego de Cargos Objeto de Contratación

Del numeral 36 del artículo 2 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se colige que será dentro del pliego de cargos o de los términos de referencia del acto público, donde la entidad licitante va a establecer todo lo relacionado al objeto de la contratación que desea llevar a cabo y dependerá de dicho objeto contractual y de las condiciones que de forma unilateral establezca la entidad, la viabilidad de ejecutar el contrato adjudicado fuera del territorio nacional.

Mastercard Panamá S. de R.L./ Nota N°DGCP-DJ-102-2022 con fecha 21 de junio de 2022.

Onjeto de Contratación en el Pliego de Cargos.

Estudio de Mercado Solicitud de Información

DGCP-DF-2023-097

Todas las consultas al mercado se encuentran disponibles en nuestra plataforma “PanamaCompra”, en el espacio de “Accesos Directos” – “Estudio de Mercado” y son identificadas con la nomenclatura SDI (Solicitud de Información) seguido por el nombre de la Entidad Pública que la realizó. 

Ministerio de Seguridad Pública/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Obligaciones del Ente Contratante

DGCP-DF-2023-089

La Entidad Licitante debe procurar obtener el mayor beneficio para el Estado y el interés público, lo cual debe conciliar con los requerimientos de la entidad y las posibilidades de su cumplimiento por parte de los participantes dentro del acto público.

UNIVERSIDAD MARÍTIMA INTERNACIONAL DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Facultad de la Entidad Licitante Adjudicación

DGCP-DF-2023-065

Es facultad de la Entidad adjudicar el Acto Público así como adoptar cualquier otra actuación que sea conforme a la Ley de Contrataciones Públicas.

MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Nueva Convocatoria Acto Público

La Dirección General de Contrataciones Públicas considera pertinente en primer lugar, señalar que el artículo 72 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece la posibilidad que la entidad convoque a un nuevo acto de selección de contratista cuando el que esté llevando a cabo sea declarado desierto.
Municipio de Atalaya/ Nota N° DGCP-DS-DJ-780-2021 de fecha 21 de junio de 2021/ Acto Público N° 2021-5-85-0-09-LP-000143.

Nueva Convocatoria Acto Público

La Dirección General de Contrataciones Públicas considera que las entidades, con base en la potestad legal conferida en los artículos 48 y 49 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020 debe, previo a la convocatoria de un nuevo acto público, realizar todas las consultas al mercado que considere necesarias para establecer de primera mano un precio de referencia real, acorde al objeto de la contratación deseada que resulte atractivo y posteriormente a ello, realizar las modificaciones que considere necesarias en el pliego de cargos para obtener el mayor beneficio para el Estado.

Municipio de Atalaya/ Nota N° DGCP-DS-DJ-780-2021 de fecha 21 de junio de 2021/ Acto Público N° 2021-5-85-0-09-LP-000143.