Principio de Igualdad de los Proponentes

DGCP-DF-2023-242

El Principio de Igualdad de los Proponentes que rige las Contrataciones Públicas exige que se garantice la actuación imparcial de las entidades públicas dentro del procedimiento de selección de contratista en todas sus etapas, que les permita a los proponentes hacer ofrecimientos de la misma índole y tener las mismas posibilidades de resultar adjudicatarios.

Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá./Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución