La Dirección General de Contrataciones Públicas comparte el criterio expresado, en varias decisiones, por el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, en el sentido que el contrato administrativo no se extingue hasta tanto se liquide.
Palacios, Vásquez & Asociados/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1575-2022 con fecha 22 de noviembre de 2022.