Principios y Valores del Código de Ética

DGCP-DF-2024-006

Los actores dentro del proceso de contratación deben aplicar los principios y valores consagrados en el Código de Ética, seguir los lineamientos para una gestión integral de la contratación y acatar las normas que regulan los impedimentos por razón de las funciones que desempeñen los servidores públicos involucrados en procesos de compra pública.

AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S.A/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

                                                Resolución

Código de Ética de la Contratación Pública

DGCP-DF-2024-005

Las entidades licitantes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 22 de 2006, así como los proponentes, contratistas y demás interesados que intervienen en el proceso de contratación, están obligados a cumplir las normas y principios contenidos en el Código de Ética de la Contratación Pública en todas las etapas del proceso de la compra pública.

AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S.A/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

                                                Resolución

Código de Ética

DGCP-DF-2024-004

Los actores dentro del proceso de contratación deben aplicar los principios y valores consagrados en el Código de Ética, seguir los lineamientos para una gestión integral de la contratación y acatar las normas que regulan los impedimentos por razón de las funciones que desempeñen los servidores públicos involucrados en procesos de compra pública.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Código de Ética de la Contratación Pública

DGCP-DF-2024-003

Las entidades licitantes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 22 de 2006, así como los proponentes, contratistas y demás interesados que intervienen en el proceso de contratación, están obligados a cumplir las normas y principios contenidos en el Código de Ética de la Contratación Pública en todas las etapas del proceso de la compra pública.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Código de Ética

DGCP-DF-2023-282

Los actores dentro del proceso de contratación deben aplicar los principios y valores consagrados en el Código de Ética, seguir los lineamientos para una gestión integral de la contratación y acatar las normas que regulan los impedimentos por razón de las funciones que desempeñen los servidores públicos involucrados en procesos de compra pública.

CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE INFANTIL FINCA 6/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Código de Ética en la Contratación Pública

DGCP-DF-2023-281

Las entidades licitantes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 22 de 2006, así como los proponentes, contratistas y demás interesados que intervienen en el proceso de contratación, están obligados a cumplir las normas y principios contenidos en el Código de Ética de la Contratación Pública en todas las etapas del proceso de la compra pública.

CAJA DE AHORROS/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Código de Ética Servidores Públicos

El Decreto Ejecutivo No. 246 de 15 de diciembre de 2004, por el cual se dicta el Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos, que laboran en las entidades del Gobierno Central, prevé por una parte que las disposiciones del Código de Ética de los servidores públicos, se hacen extensivas y de obligatorio cumplimiento para todas las personas naturales al servicio del Estado que presten servicios en las diferentes entidades y por otra parte, define lo que se deberá entender por la función pública, siendo los procedimientos de selección de contratista, así como el funcionamiento de las comisiones, procesos legales dentro de los cuales los servidores públicos ejercen esta función.

Junta Comunal de Remance/ Nota N°DGCP-DS-DJ-998-2021 de fecha 23 de agosto de 2021.

Código de Ética para los Servidores Públicos.

Código de Ética Conflicto de Intereses

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que, los servidores públicos, independientemente del tipo de relación laboral que sostengan con la entidad para la que presten sus servicios, y del nivel jerárquico que ostenten, tienen el deber de evitar situaciones en las que sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo.

Hospital Rafael Hernández L./ Nota N°DGCP-DS-DJ-1077-2021 de fecha 08 de septiembre de 2021.

Conflicto de Intereses.

Código de Ética de los Servidores Públicos

Las disposiciones contenidas en el Decreto Ejecutivo No. 246 de 15 de diciembre de 2004, por el cual se dicta el Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos, se hacen extensivas y de obligatorio cumplimiento para todas las personas naturales al servicio del Estado que presten servicios en las diferentes entidades, y por otra parte, define lo que se deberá entender por la función pública, siendo los procedimientos de selección de contratista, procesos legales dentro de los cuales los servidores públicos ejercen esta función.

Hospital Rafael Hernández L./ Nota N°DGCP-DS-DJ-1077-2021 de fecha 08 de septiembre de 2021.

Código de Ética de los Servidores Públicos.