Pago Equilibrio Económico de Contrato

Debemos recalcar que, es la entidad contratante a través de su representante legal o funcionario delegado, la que luego de finalizada la etapa de su análisis técnico y financiero, quien certifique con apego a la Ley de Contrataciones Públicas, el reconocimiento de pago o derechos económicos a favor de los contratistas, para luego ser remitido a la Contraloría General de la República.

Diario La Prensa/ Nota No. DGCP-DS-869-2024 con fecha 26 de julio de 2024.

Pago en Equilibrio económico de contrato.