Pliego de Cargos Entrega de las muestras físicas

Dentro de las obligaciones legales que le impone el numeral 2 del artículo 21 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 a las entidades contratantes, se encuentra precisamente la obligación de obtener el mayor beneficio para el Estado y el interés público, atendiendo precisamente las disposiciones de la citada normativa, lo que presupone de igual manera exigir el cumplimiento de lo señalado en el respectivo pliego de cargos, es decir, exigir para los interesados en participar del acto público, la entrega de las muestras físicas con la sola finalidad de garantizar que lo que se pretende adquirir es lo de mejor calidad con relación al precio ofertado.
Egbers Company, S.A./ Nota No. DGCP-DS-DJ-1618-2024 de fecha 24 de octubre de 2024.

Muestras Físicas

Obligaciones de las Entidades Contratantes Interés Público

Este ha sido el criterio sostenido de la Dirección General de Contrataciones Públicas, al señalar que la finalidad que se debe perseguir en la contratación pública es el interés público. Es por esta razón, que el artículo 21 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece como obligación de las entidades contratantes y los servidores públicos que intervienen en el proceso, la de obtener el mayor beneficio para el Estado y el interés público, así como seleccionar al contratista de tal forma que se vele siempre porque la propuesta seleccionada sea la más favorable a la entidad y a los fines que esta persigue.

Programa Saneamiento de Panamá/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1734-2024 de fecha 14 de noviembre de 2024/ Acto Público No.2023-0-12-0-15-LV-043310.

Obligaciones de las Entidades Contratantes

Obligación de las Entidades Licitantes Mayor Beneficio para el Estado

DGCP-DF-2023-079

Son obligaciones de las entidades las siguientes: Obtener el mayor beneficio para el Estado y el interés público, cumpliendo con las disposiciones de la presente Ley, su reglamento y el Pliego de Cargos.

Ministerio de Seguridad Pública/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución