Obligaciones de las Entidades Contratantes Interés Público

Este ha sido el criterio sostenido de la Dirección General de Contrataciones Públicas, al señalar que la finalidad que se debe perseguir en la contratación pública es el interés público. Es por esta razón, que el artículo 21 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece como obligación de las entidades contratantes y los servidores públicos que intervienen en el proceso, la de obtener el mayor beneficio para el Estado y el interés público, así como seleccionar al contratista de tal forma que se vele siempre porque la propuesta seleccionada sea la más favorable a la entidad y a los fines que esta persigue.

Programa Saneamiento de Panamá/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1734-2024 de fecha 14 de noviembre de 2024/ Acto Público No.2023-0-12-0-15-LV-043310.

Obligaciones de las Entidades Contratantes

Miembros del consorcio o de la asociación accidenta Representante

DGCP-DF-2024-035

Los miembros del consorcio o de la asociación accidental deberán designar a la persona que, para todos los efectos, los representará, y señalar las condiciones básicas que regirán sus relaciones. Se entenderá por condiciones básicas y mínimas que debe tener el documento de constitución del consorcio o asociación accidental las tendientes a establecer claramente la parte o las partes que asumirán las responsabilidades fiscales, civiles, laborales o de cualquier otra naturaleza que surjan como consecuencia de la celebración de una contratación pública, que deberán tener las partes que integren el consorcio entre sí, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria frente al Estado.

ÓRGANO JUDICIAL/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Firma Electrónica Calificada

DGCP-DF-2024-011

En todos los procesos de contratación regulados por la Ley de Contrataciones Públicas, el Estado podrá hacer uso de firmas electrónicas calificadas en su ámbito interno y en su relación con los particulares. De igual manera, los particulares que realicen contrataciones con el Estado podrán hacerlo utilizando firmas electrónicas calificadas emitidas por un prestador de servicios de certificación de firmas electrónicas o por el Registro Público de Panamá como prestador de servicios de certificación.

MUNICIPIO DE BALBOA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante (Responsabilidad) Determinación de precio de referencia

DGCP-DF-2024-002

Es responsabilidad de la entidad licitante determinar el precio de referencia en base al estudio de mercado realizado con anterioridad a la publicación del aviso de convocatoria, considerando además los estudios previos, los precios del mercado, adquisiciones históricas, aumentos o disminuciones de costos, disponibilidad del producto, entre otros elementos, con el objeto de obtener el mayor beneficio para el Estado y el interés público.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Consorcio o Asociación Accidental Designación de Representante

DGCP-DF-2023-103

Los miembros del consorcio o de la asociación accidental deberán designar a la persona que, para todos los efectos, los representará, y señalar las condiciones básicas que regirán sus relaciones. Se entenderá por condiciones básicas y mínimas que debe tener el documento de constitución del consorcio o asociación accidental las tendientes a establecer claramente la parte o las partes que asumirán las responsabilidades fiscales, civiles, laborales o de cualquier otra naturaleza que surjan como consecuencia de la celebración de una contratación pública, que deberán tener las partes que integren el consorcio entre sí, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria frente al Estado.

Autoridad Aeronáutica Civil / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Incapacidad Legal para Contratar Presentación Electrónica

DGCP-DF-2023-174

La modificación del Artículo 8 del Decreto Ejecutivo N° 439 de 2020, relacionado a la Incapacidad Legal para Contratar, los proponentes que formulen una propuesta dentro un Acto Público, deberán declarar que no se encuentran incapacitados para contratar con el Estado, la cual será suscrita a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

MINISTERIO DE GOBIERNO/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Firma Electrónica

DGCP-DF-2023-164

En todos los procesos de contratación regulados por la Ley de Contrataciones Públicas, el Estado podrá hacer uso de firmas electrónicas calificadas en su ámbito interno y en su relación con los particulares. De igual manera, los particulares que realicen contrataciones con el Estado podrán hacerlo utilizando firmas electrónicas calificadas emitidas por un prestador de servicios de certificación de firmas electrónicas o por el Registro Público de Panamá como prestador de servicios de certificación.

MUNICIPIO DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Firma Electrónica Calificada Contratación con el Estado

DGCP-DF-2023-116

Los particulares que realicen contrataciones con el Estado podrán hacerlo utilizando firmas electrónicas calificadas emitidas por un prestador de servicios de certificación de firmas electrónicas o por el Registro Público de Panamá como prestador de servicios de certificación.

CAJA DEL SEGURO SOCIAL- POL. SANTIAGO BARRAZA DE LA CHORRERA /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Principio de Responsabilidad e Inhabilidades de los Servidores Públicos

DGCP-DF-2023-061

La estructuración de los Pliego de cargos, se debe realizar en el contexto del Principio de Responsabilidad e Inhabilidades de los Servidores Públicos, siendo los funcionarios de dicha entidad responsable por la dirección y manejo del Acto Público, para así obtener el mayor beneficio para el Estado y el interés público.

Órgano Judicial / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Contraloría General de la República

DGCP-DF-2023-039

La Contraloría General de la República reglamenta las Fianzas que se emitan para garantizar las obligaciones contractuales del Estado, estableciendo sus modelos.

METRO DE PANAMÁ, S.A. / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución