División de Materia

Del artículo 15 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, podemos entender que se produce división de materia cuando las entidades del Estado, con el afán de evadir un procedimiento establecido en la Ley, fraccionan las compras y realizan contratos con un mismo o distinto proveedor, por un mismo producto en un término menor a 3 meses en un mismo periodo fiscal, cuando sumadas las cuantías da lugar a un procedimiento de contratación distinto que conllevaría mayores requisitos, o bien si se realizan dos o más contrataciones mediante procedimiento excepcional por un mismo bien, servicio u obra en un mismo periodo fiscal, para no llegar al monto de aprobación de la autoridad que corresponda.

Viceministro de infraestructura Educativa/ Nota No. DGCP-DJ-DS-443-2024 de fecha 22 de abril de 2024.

División de Materia.

División de Materia

El artículo 31 del Texto Único de la ley 22 del 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017 y el artículo 10 del Decreto Ejecutivo No. 40 del 10 de abril de 2018 establecen, por un lado, la prohibición de dividir la materia y por el otro una presunción legal de la división de materia, señalando las consecuencias de nulidad de las adjudicaciones y las sanciones correspondientes al servidor público responsable.

Junta Comunal de Trinidad/ Nota N°DGCP-DS-DJ-764-2020 de fecha 19 de octubre de 2020.

División de Materia.

Presunción de División de Materia

Para establecer presunción de división de materia, es importante analizar el contexto en el que se llevaron a cabo las contrataciones bajo examen y observar si la contratación cumple todos los presupuestos establecidos en el artículo 10 del Decreto Ejecutivo No. 40 del 10 de abril de 2018.

Junta Comunal de Trinidad/ Nota N°DGCP-DS-DJ-764-2020 de fecha 19 de octubre de 2020.

Presunción de División de Materia.

División de Materia Presunción

Las entidades públicas deberán evitar cumplir con algunos de los supuestos establecidos en el artículo 15 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, que desarrolla el concepto de lo que se debe entender por presunción de división de materia.

Junta Comunal de Villa Rosario/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1621-2023 de fecha 01 de septiembre de 2023.

Presunción de División de Materia.

División de Materia

La entidad Licitante deberá evitar, al momento de realizar la adquisición de los materiales de construcción en beneficio de su comunidad, cumplir con algunos de los supuestos establecidos en el artículo 15 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020 que reglamenta la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 que desarrolla el concepto de lo que se debe entender por presunción de división de materia.

Alcalde de Río de Jesús/ Nota N°DGCP-DS-DJ-953-2021 de fecha 09 de agosto de 2021.

División de Materia.

División de Materia Presunción

Las entidades deberán tomar las medidas pertinentes a fin de evitar la realización de compras de un mismo bien, servicio u obra, a un mismo proveedor en un período de tiempo de tres meses, durante el mismo período fiscal, toda vez que, de coincidir estos elementos, pudiera presumirse que existe división de materia.

Hospital Aquilino Tejeira/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1347-2023 de fecha 26 de julio de 2023.

División de Materia

División de Materia Presunción de División de Materia

El Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece de forma clara que uno de los aspectos para que se configure la división de materia es que se contrate el mismo bien, y no realiza distinción alguna en cuanto a la ubicación o área donde estos bienes serán utilizados, por tanto, aun cuando su uso sea en comunidades distintas dentro del territorio competente de la entidad licitante, deberá realizar las planificaciones necesarias para celebrar los actos públicos que correspondan, para no incurrir en un posible fraccionamiento de las adquisiciones.

Municipio de Boquete/ Nota N°DGCP-DJ-239-2022 de fecha 05 de diciembre de 2022.

Presunción de División de Materia.

Presunción de División de Materia

El Artículo 15 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 27 de junio de 2006, es claro en señalar que cuando la entidad con el fin de que la cuantía no llegue a la precisa para la celebración del acto de selección de contratista que ordena la Ley y con la intensión de evadir las aprobaciones de los entes correspondientes, celebre contratos para la adquisición de un mismo bien, en un término de tres meses, en el mismo periodo fiscal y con el mismo u otro contratista, entendiendo que la entidad es el ente público que celebra un contrato de acuerdo a las normas legales y previo al cumplimiento del procedimiento de selección de contratista establecido en la Ley 22 de 2006 se configurará la presunción de división de materia.

Municipio de Mariato/Nota N° DGCP-DS-DJ-882-2021 de fecha 20 de julio de 2021/ Acto Público 2021-5-81-0-09-CM-000183.

Presunción de División de materia