Solicitud de Cotizaciones en Áreas Rurales Certificación de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental

El artículo 93 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 8 mayo de 2020, faculta a la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental para expedir la certificación que avale que una entidad no cuenta con el servicio de internet que les permita publicar sus actos públicos, situación ésta que va ligada a lo señalado por el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ejecutivo No.230 de 14 de abril de 2021, que ordena a las Juntas Comunales en los procedimientos mencionados en dicha norma, a publicar obligatoriamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, la orden de compra o Contrato a favor del proponente adjudicado.

Junta Comunal de Taboga/ Nota N°DGCP-DS-DJ-743-2021 de fecha 09 de junio de 2021.

Solicitud de Cotizaciones en Áreas Rurales.

Solicitud de Cotizaciones en Áreas Rurales

El artículo 93 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, contempla que en aquellas áreas rurales que no cuenten con el servicio de internet debidamente acreditado por la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental como es el caso que nos ocupa, podrán realizar sus cotizaciones por cualquier otro medio tecnológico o de comunicación a fin de que puedan satisfacer sus necesidades.

Centro Educativo Marcos Medina Ambulo/ Nota N°DGCP-DJ-162-2021 de fecha 29 de septiembre de 2021.

Solicitud de Cotizaciones en Áreas Rurales.

Cotizaciones en Caso de no Contar con Servicio de Internet

El artículo 93 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre que reglamenta la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, contempla que en aquellas áreas rurales que no cuenten con el servicio de internet debidamente acreditado por la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental, podrán realizar sus cotizaciones por cualquier otro medio tecnológico o de comunicación a fin de que puedan satisfacer sus necesidades.

Centro Educativo Marcos Medina Ambulo/ Nota N°DGCP-DJ-103-2022 con fecha 21 de junio de 2022.

Cotizaciones en Caso de No Contar con Servicio de Internet.

Solicitud de cotizaciones en Áreas rurales Que no cuenten con Servicio de Internet

El artículo 93 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020 que reglamenta la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, contempla que en aquellas áreas rurales que no cuenten con el servicio de internet debidamente acreditado por la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental, podrán realizar sus cotizaciones por cualquier otro medio tecnológico o de comunicación a fin de que puedan satisfacer sus necesidades.

Centro Educativo Bucori/ Nota N°DGCP-DJ-174-2023 con fecha 30 de junio de 2023.

Solicitud de Cotizaciones en Línea en Áreas Rurales.