Del artículo 92 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020, se desprende entonces, la obligación que tienen las entidades contratantes de, en los casos de compras menores por cotización, publicar las órdenes de compras debidamente refrendadas, una vez se haya cumplido con la presentación de la documentación requerida por parte del proveedor seleccionado.
Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH)/ Nota No.DGCP-DS-DJ-164-2024 de fecha 26 de febrero de 2024/ Acto Público No. 2022-1-37-0-02-CM-016716.