Estado de Urgencia y Procedimiento especial de adquisiciones de emergencia No guarda relación

Cuando se produzca un estado de urgencia, debidamente acreditado, en el numeral 3 del artículo 48 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, debemos advertir que, la figura bajo estudio no guarda relación con el procedimiento especial de adquisiciones de emergencia que se contempla en el artículo 85 del Texto Único de la Ley 22 de 2206, ordenado por la Ley 153 de 2020, lo que puede provocar una confusión para algunas de las entidades licitantes al momento de su aplicación.

Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH)/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1660-2024 de fecha 31 de octubre de 2024.

Convocatoria del acto público

 

 

Procedimiento especial de adquisiciones de emergencia Resolución por parte del Consejo de Gabinete

El artículo 85 del Texto Único de la Ley 22 de 2206, ordenado por la Ley 153 de 2020, debemos tener presente que la norma citada presupone como requisito fundamental para su aplicación, que previamente se haya declarado una emergencia por parte del Consejo de Gabinete vía resolución, estableciendo en la misma el mecanismo para la utilización de este procedimiento e indicando la obligación de las entidades contratantes de verificar primeramente la disponibilidad en la tienda virtual de los productos o servicios que requiere adquirir.

Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH)/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1660-2024 de fecha 31 de octubre de 2024.

Procedimiento especial de emergencia

Resolución Administrativa Procedimiento especial de adquisiciones de emergencia

Del artículo 157 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley de contratación pública, se extrae con total claridad que, no existen mayores exigencias para la entidad que no sea la de sustentar en debida forma, las razones por las que considera que no desea continuar aplicando el procedimiento especial de adquisiciones de emergencia y con ello ponerle fin con la correspondiente resolución administrativa.

Ministerio de Ambiente/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1478-2024 de fecha 09 de octubre de 2024.

Procedimiento Especial de Adquisiciones de Emergencia

Cancelación Procedimiento Especial de Adquisiciones de Emergencia

Si bien el Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 y su acto reglamentario, no establecen, específicamente para el procedimiento especial de adquisiciones de emergencia, una manera de cancelar el procedimiento por razones justificadas, nada impide que frente a ese vacío se pueda aplicar por analogía una norma que rige una situación comparable, la cual para el caso que nos ocupa se encuentra establecida en el artículo 157 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020 que reglamenta la Ley de contratación pública.

Ministerio de Ambiente/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1478-2024 de fecha 09 de octubre de 2024.

Procedimiento Especial de Adquisiciones de Emergencia

 

 

Informe detallado de las contrataciones realizadas Procedimiento especial de adquisiciones de emergencia

El artículo 85 del Texto Único de la Ley 22 del 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, impone la obligatoriedad a las entidades contratantes de publicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, el respectivo informe de las contrataciones realizadas durante el estado de emergencia en un término máximo de cinco días, luego de culminado el mismo.

Ministro de Comercio e Industrias/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1226-2024 de fecha 03 de septiembre de 2024.

 Informe en Estado de Emergencia

Registro de las Contrataciones Realizadas Procedimiento especial de adquisiciones de emergencia

El artículo 165 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020 que reglamenta la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece de forma diáfana que las entidades autorizadas en la resolución de gabinete que decretó el estado de emergencia tienen la obligación de registrar todos sus procesos de adquisiciones especiales de emergencia sin excepción alguna en la funcionalidad que para tales efectos se encuentra actualmente habilitada en el portal electrónico.

Ministro de Comercio e Industrias/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1226-2024 de fecha 03 de septiembre de 2024.

Informe de contrataciones realizadas

Procedimiento Especial de Adquisición de Emergencia

Las contrataciones realizadas mediante procedimiento especial de Adquisición de Emergencia, se pueden realizar cuando el Consejo de Gabinete declare emergencia y se autorice la correspondiente partida presupuestaria.

Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información/ Nota N°DGCP-DS-DJ-965-2020 de fecha 03 de diciembre de 2020.

Procedimiento Especial de Adquisición de Emergencia.

División de Materia Procedimiento Especial de Contratación de Emergencia.

El artículo 36 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, estipula que en el procedimiento especial de contrataciones de emergencia, no se considerará la figura de división de materia.

Ministerio de Salud/ Nota N°DGCP-DJ-144-2020 de fecha 18 de noviembre de 2020.

División de Materia en Procedimiento Especial de Contratación de Emergencia.

Procedimiento Excepcional y Procedimiento Especial Selección de Cotización

Para las entidades en los procedimientos excepcionales de contratación y procedimiento especial de adquisiciones de emergencia, una vez que la entidad seleccione la cotización que le sea más conveniente en atención al precio más beneficioso para el interés público y que cumpla con los aspectos técnicos y los requerimientos mínimos, ésta continuará el trámite de contratación ajustándose a las causales establecidas en el Texto Único de la Ley 22 de 2006, realizando el registro y publicación correspondiente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

Centro Educativo Básico Llano Grande/ Nota N°DGCP-DJ-98-2021 de fecha 30 de junio de 2021.

Selección de Cotización en Procedimiento Excepcional y Procedimiento Especial.

Procedimiento Especial de Adquisiciones de Emergencia

El artículo 85 del Texto Único de la Ley 22 de 2206, ordenado por la Ley 153 de 2020, presupone como requisito fundamental para su aplicación, que previamente se haya declarado una emergencia por parte del Consejo de Gabinete. Establece de igual forma, el mecanismo para la utilización de este procedimiento, indicando la obligación de las entidades contratantes de verificar primeramente la disponibilidad en la tienda virtual de los productos o servicios requeridos.
Autoridad Marítima de Panamá/ Nota N°DGCP-DS-DJ-779-2022 de fecha 28 de junio de 2022.