Procedimiento Especial de Adquisiciones de Emergencia

El artículo 85 del Texto Único de la Ley 22 de 2206, ordenado por la Ley 153 de 2020, presupone como requisito fundamental para su aplicación, que previamente se haya declarado una emergencia por parte del Consejo de Gabinete. Establece de igual forma, el mecanismo para la utilización de este procedimiento, indicando la obligación de las entidades contratantes de verificar primeramente la disponibilidad en la tienda virtual de los productos o servicios requeridos.
Autoridad Marítima de Panamá/ Nota N°DGCP-DS-DJ-779-2022 de fecha 28 de junio de 2022.

Procedimiento Especial de Adquisición de Emergencia

Las entidades, bajo el ámbito de aplicación del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley No. 153 de 2020, podrán contratar la adquisición de bienes y servicios a través del procedimiento especial de adquisiciones de emergencia, cuando ésta sea decretada por el Consejo de Gabinete y sujeta a la aplicación de una serie de requisitos que son de obligatoria observancia.

Ministerio de Salud, Colón/ Nota N°DGCP-DJ-207-2021 con fecha 10 de diciembre de 2021.

Procedimiento especial de adquisiciones de emergencia