Efectos de la Sanción de Inhabilitación

En cuanto a los efectos de la sanción de inhabilitación contemplados en el artículo 118 del Texto Único de la Ley 22 del 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, se tiene que dichos efectos aplicarán para aquellos actos y contratos no perfeccionados.

Morales & Asociados/ Nota No.DGCP-DS-DJ-1398-2024 de fecha 26 de septiembre de 2024/ Acto público No. 2014-0-03-0-08-AV-017388.

Efectos de la Sanción de Inhabilitación

 

Sanción de Inhabilitación Registro

Del artículo 118 del Texto Único de la Ley 22 del 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, se colige que los contratistas que resulten inhabilitados por las entidades del Estado, podrán culminar sus contratos en todas sus etapas, respetando de esta manera los derechos y obligaciones a los cuales se comprometieron en el contrato todas las partes dentro de la relación contractual y llevando a feliz término sus compromisos contraídos previamente a la fecha efectiva del registro de la sanción de inhabilitación, es decir, hasta su liquidación.

Morales & Asociados/ Nota No.DGCP-DS-DJ-1398-2024 de fecha 26 de septiembre de 2024/ Acto público No. 2014-0-03-0-08-AV-017388.

Sanción de Inhabilitación

 

Efectos de la sanción de inhabilitación

En cuanto a los efectos de la sanción de inhabilitación contemplada en el artículo 118 del Texto Único de la Ley 22 del 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, se tiene que dichos efectos aplicarán para aquellos actos y contratos no perfeccionados.

MORALES & ASOCIADOS/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1398-2024 de fecha 26 de septiembre de 2024/ Acto Público No.2014-0-03-0-08-AV-017388.

Efectos de la Inhabilitación

Efectos de la sanción de inhabilitación

Del artículo 118 del Texto Único de la Ley 22 del 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, se colige que los contratistas que resulten inhabilitados por las entidades del Estado, podrán culminar sus contratos en todas sus etapas, respetando de esta manera los derechos y obligaciones a los cuales se comprometieron en el contrato todas las partes dentro de la relación contractual y llevando a feliz término sus compromisos contraídos previamente a la fecha efectiva del registro de la sanción de inhabilitación, es decir, hasta su liquidación.

MORALES & ASOCIADOS/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1398-2024 de fecha 26 de septiembre de 2024/ Acto Público No.2014-0-03-0-08-AV-017388.

Efectos de la Inhabilitación

Efectos de la inhabilitación Registro en el Portal "PanamaCompra"

Los contratistas inhabilitados no podrán participar dentro de los actos públicos ni en los procedimientos de selección de contratista celebrados por el Estado una vez se registre la inhabilitación dentro del Portal “PanamaCompra”, como podemos colegir del artículo 144 del Texto Único de la Ley No. 22 de 2006, ordenado por la Ley No. 153 de 2020.

H3 Automation SDAD. LTDA/ Nota No. DGCP-DS-DJ-821-2024 con fecha 15 de julio de 2024.

Efectos de la inhabilitación en el registro dentro del Portal “PanamaCompra”.

Registro de inhabilitación

El artículo 216 del Decreto Ejecutivo N° 439 del 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, norma que, entre otras cosas, impone a esta Dirección General de Contrataciones Públicas, la obligatoriedad de llevar un estricto registro de los contratistas que resulten inhabilitados por las entidades contratantes.

H3 Automation SDAD. LTDA/ Nota No. DGCP-DS-DJ-821-2024 con fecha 15 de julio de 2024.

Registro de inhabilitación.

Registro de Inhabilitados

El artículo 216 del Decreto Ejecutivo No. 439 del 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, impone a la Dirección General de Contrataciones Públicas la obligatoriedad de llevar un estricto registro de los contratistas que resulten inhabilitados por las entidades contratantes y que, además, aborda el tema relacionado a la exclusión de dicho registro, cuando la entidad disponga por resolución debidamente motivada dejar sin efecto la sanción de inhabilitación.

Cynthia Avilés Córdoba/ Nota No.DGCP-DS-DJ-175-2024 de fecha 26 de febrero de 2024.

Registro de inhabilitados

Registro de Contratistas Inhabilitados Exclusión de Contratista Sancionado

Del artículo 216 del Decreto Ejecutivo No. 439 del 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, que regula la contratación pública, podemos concluir que la exclusión del contratista sancionado dentro del registro de inhabilitados se hará efectiva una vez que la resolución, que declara la nulidad de la sanción aplicada, esté ejecutoriada.

Junta Comunal Barnizal/ Nota N°DGCP-DJ-285-2023 de fecha 27 de noviembre de 2023/ Acto público N°2023-5-86-0-09-CM-000282

Exclusión de Contratista Sancionado del Registro de Inhabilitados.

Resolución Administrativa de Contrato Sanción de Inhabilitación

Para sancionar con la inhabilitación de un proveedor, la entidad contratante deberá cumplir con el debido proceso de la Resolución Administrativa de Contrato, que se encuentra estipulado en el artículo 139 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 y subsiguientes.

Universidad Autónoma de Chiriquí/ DGCP-DJ-232-2023 06 de septiembre de 2023 2023-1-87-0-04-CM-017291.

Imposición de Sanciones

Registro de Inhabilitados Resolución Administrativa de Contrato u Orden de Compra

La Dirección General de Contrataciones Públicas es el ente responsable de administrar el registro de inhabilitados, por lo que las resoluciones que resuelven administrativamente un contrato u orden de compra, deben ser remitidas a ésta Dirección únicamente para efectos del registro de la sanción de inhabilitación de ser el caso, según lo establecido en el numeral 6 del artículo 139 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020 y el artículo 216 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020.

Procuraduría General de la Nación/ Nota N°DGCP-DJ-059-2021 de fecha 18 de mayo de 2021.

Registro de Inhabilitados por Resolución Administrativa de Contrato u Orden de Compra.