Efectos de la inhabilitación Registro en el Portal "PanamaCompra"

Los contratistas inhabilitados no podrán participar dentro de los actos públicos ni en los procedimientos de selección de contratista celebrados por el Estado una vez se registre la inhabilitación dentro del Portal “PanamaCompra”, como podemos colegir del artículo 144 del Texto Único de la Ley No. 22 de 2006, ordenado por la Ley No. 153 de 2020.

H3 Automation SDAD. LTDA/ Nota No. DGCP-DS-DJ-821-2024 con fecha 15 de julio de 2024.

Efectos de la inhabilitación en el registro dentro del Portal “PanamaCompra”.

Efectos de la Inhabilitación

Del artículo 144 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende que la inhabilitación será efectiva a partir de su correspondiente registro en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, la cual tendrá efectos para los actos y contratos que no hayan sido perfeccionados.
Agencia Panamá Pacífico/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1525-2023 de fecha 18 de agosto de 2023/ Acto Público N°2022-2-97-0-15-LP-003511.

Efectos de la Inabilitación Compromisos Previos al Registro de Inhabilitación

El artículo 118 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, establece que los contratistas inhabilitados podrán culminar los contratos y compromisos contraídos con fecha previa a la del registro de la Resolución de Inhabilitación.

Superintendente de Seguro y Reaseguros de Panamá/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1039-2022 con fecha 24 de agosto de 2022.

Compromisos previos al Registro de Inhabilitación.